Importantes novedades fiscales para el año 2013

En el IRPF

• Se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 Enero de 2013, estableciéndose un régimen transitorio para las viviendas adquiridas hasta el 31 de Diciembre de 2012.

• Se establece un gravamen especial del 20% sobre los premios de loterías y apuestas que antes estaban exentos (ONCE, Cruz Roja, Loterías y Apuestas del Estado, etc.), en sorteos celebrados a partir del 1 Enero de 2013.

Los premios hasta 2.500€ estarán exentos siempre que la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería sea de al menos 0,5€ y si es inferior la cuantía máxima exenta se reducirá de forma proporcional. Este gravamen se retendrá en el momento del pago del premio.

• Se permite compensar las pérdidas del juego con el límite de las ganancias obtenidas también del juego dentro del mismo ejercicio.

Sin que en este cómputo entre las pérdidas y ganancias de los juegos sobre los que recae el nuevo Gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas.

• Con efectos desde el 01-01-2013, y con la finalidad de penalizar fiscalmente los movimientos especulativos, en la base imponible del ahorro sólo se incluirán las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales que hubieran permanecido en el patrimonio del contribuyente durante más de un año.

• Se introducen cambios en la valoración de la retribución en especie por cesión de vivienda. La retribución en especie consiste en el uso de vivienda, cuando ésta no es propiedad de la empresa, ya no se valorará en función del valor catastral, sino por el coste para la empresa.

No obstante, durante 2013 podrá seguir aplicándose la normativa anterior para aquellas viviendas que la entidad empleadora ya viniera cediendo su uso con anterioridad al 4 de octubre de 2012.

• Se mantiene un año más, hasta 2013, la reducción del 20% aplicable a los empresarios que desarrollen actividades económicas, facturen menos de cinco millones de euros y mantengan el nivel de empleo que tenían en 2008.

• Se prorroga durante el año 2013 el tratamiento que, para el período 2007-2012, se ha aplicado para los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías.

De esta forma, los mismos seguirán teniendo la consideración de gastos de formación, y, por lo tanto, generarán rentas no sujetas en el IRPF. En consonancia con ello, darán derecho a la aplicación de la deducción de gastos de formación en el Impuesto sobre Sociedades, que prorrogará su vigencia para dichos gastos a 2013.

• Para empresas que no sean de reducida dimensión, tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades, se limita la deducibilidad de la amortización contable del inmovilizado y de las inversiones inmobiliarias al 70%, excepto que la empresa tenga aprobado un plan especial de amortización.

• Se abre la posibilidad de actualizar balances satisfaciendo un gravamen único del 5% sobre el valor revalorizado.

En el Impuesto sobre sociedades

• Las empresas que tengan el carácter de micropyme (cifra de negocios inferior a cinco millones, plantilla media de 25 empleados y creen y mantenga el empleo) podrán disfrutar también en 2013 del tipo reducido del 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible, y del 25% por el resto.

• Se prolonga a 2013 la deducción por formación profesional para gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

• Limitación temporal del importe deducible por amortización. Durante 2013 y 2014 solo será deducible el 70% de la amortización para las empresas que facturan más de diez millones de euros.

• Las empresas podrán actualizar el valor de sus balances de cierre de 2012 pagando un 5% de la cuantía revalorizada. El aumento de valor que experimenten los activos podrá amortizarse a partir de 2015.

Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.