A partir de Enero no se podrán aplazar el pago del IRPF

A partir de enero del 2014, no se podrán aplazar el IRPF (Mod 111), todas las solicitudes de aplazamiento de este impuesto serán inadmitidas, lo que significa que todas las declaraciones entrarán automáticamente en vía ejecutiva.

Por lo que las empresas afectadas, deberán abonar un recargo mínimo del 5% e incluso se expone a un embargo de Hacienda. Además para una empresa que entra en vía ejecutiva, no se le permite el aplazamiento de otros impuestos.

 El aplazamiento de estos impuestos, son una práctica habitual en las PYMES desde el 2009, cuando  la AEAT aumentó a 18.000€ el importe a postergar sin Aval, bajar los intereses de aplazamiento al 5% y permite el aplazamiento del IRPF.

La legislación vigente no admite que las retenciones sean aplazables, al tratarse, de recursos que pagan los trabajadores, en donde la empresa son simples intermiediarios. Sin embargo desde el 2009 y ante las dificultades de liquidez de las empresas, Hacienda permitía el aplazamiento del IRPF con las mismas facilidades que el IVA o sociedades.

Esta medida será un duro golpe para las Pymes, que el aplazamiento de estos impuestos les permitía obtener una fuente de financiación de una forma más sencilla que solicitar una línea de crédito.

Fuente. Cinco días digital